En fallo unánime.
Corte Suprema condena a empresa sanitaria a pagar indemnización por daños en vivienda
El máximo Tribunal declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra la sentencia que condenó a la empresa a pagar una indemnización de $ 4.000.000.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a la Empresa Sanitaria de Valparaíso (Esval) por el daño moral provocado al propietario de una vivienda que resultó afectada por el rompimiento de una matriz de agua potable.
La sentencia sostiene que en tal sentido esta Corte ha indicado que las normas infringidas en el fallo, para que pueda prosperar un recurso de casación en el fondo, han de ser tanto las que el fallador invocó en su sentencia para resolver la cuestión controvertida, como aquéllas que dejó de aplicar -normas decisoria Litis-, puesto que en caso contrario, esta Corte no podría dictar la correspondiente sentencia de reemplazo, toda vez que al no acusarse su vulneración habría que concluir que se hizo adecuada interpretación y aplicación de las mismas.
La resolución agrega que como ha podido advertirse, en la especie la parte recurrente ha centrado su crítica en la circunstancia de haberse vulnerado en el fallo que impugna los artículos 341 y 384 del Código de Procedimiento Civil. Empero, versando la contienda sobre la existencia de un cuasidelito civil, la exigencia consignada en los motivos precedentes obligaba al impugnante a explicar los contenidos jurídicos del instituto que se hizo valer en el juicio, esto es, la acción indemnizatoria extracontractual regulada en los artículos 2314 y siguientes del Código Civil y a acusar la infracción, a lo menos, de esa norma decisoria, absolutamente marginada del discurso impugnatorio, como asimismo del artículo 2329 de la codificación sustantiva, en el que basa su demanda.
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