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Derechos Humanos.

CS condena a Sargento (r) del Ejército por homicidio de poblador de San Miguel en 1985.

El máximo Tribunal acogió el recurso de casación deducido en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que consideró que la muerte de Moreno Quezada correspondía a un delito común.

Por Redacción·07 de mayo de 2018·3 min de lectura
CS condena a Sargento (r) del Ejército por homicidio de poblador de San Miguel en 1985.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema condenó a sargento en retiro del Ejército a la pena de 5 años de presidio, por su responsabilidad en el delito de homicidio de Manuel Jesús Moreno Quezada. Crimen de lesa humanidad perpetrado el 9 de agosto de 1985, en la comuna de San Miguel.

La sentencia sostiene que en su argumentación 11ª la Ministra instructora de primera instancia, Marianela Cifuentes Alarcón, manifiesta haber adquirido convicción en punto a que el día 9 de agosto de 1985, alrededor de las 22:00 horas en el frontis de la botillería de avenida Las Industrias número 6.271 de la comuna de San Miguel, en circunstancias que se desarrollaba una jornada de protesta social en contra del gobierno de la época, Manuel Jesús Moreno Quezada recibió el impacto de un proyectil balístico en la cabeza, disparado por Rodolfo Alain Benavides Díaz, chofer de una ambulancia del Hospital Militar que transitaba por dicha arteria en dirección al norte quien, haciendo uso excesivo de la fuerza, disparó el revolver marca Rossi, calibre .38 serie D 302671 que portaba, con el fin de continuar su desplazamiento por la referida arteria con el paciente que transportaba. (fojas 1.218).

La resolución agrega que la conducta que causó el deceso de Moreno obedece a esas características y es por ello que debe ser calificada como delito de lesa humanidad. Desde luego, en atención a la propia materialidad del comportamiento: pobladores de un sector modesto manifestándose en la vía pública contra el régimen imperante, con miras a su término; una ambulancia del Hospital Militar; dos funcionarios, tripulantes de ésa, provistos de armamento; disparo a ciudadano ajeno a la manifestación; y subsecuente fallecimiento.

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