Diario Constitucional

En fallo dividido.

CS condena al Servicio de Salud de Talcahuano por falta de servicio en tratamiento de diálisis.

El máximo Tribunal estableció falta de servicio en el tratamiento brindado a paciente, quien murió en octubre de 2013, en el Hospital Higueras de Talcahuano, debido a las complicaciones derivadas de la mala instalación del catéter, en mayo del mismo año.

Por Redacción·12 de marzo de 2018·3 min de lectura
CS condena al Servicio de Salud de Talcahuano por falta de servicio en tratamiento de diálisis.
Referencial

En fallo dividido, la Corte Suprema condenó al Servicio de Salud de Talcahuano a pagar una indemnización total de $56.000.000 al cónyuge e hijos de paciente que falleció en el Hospital Higueras por la mala instalación de un catéter vascular.

La sentencia sostiene que la situación fáctica admite tener por establecidos una serie de hechos que, analizados en su conjunto, permiten a estos sentenciadores tener por configurada la falta de servicio consagrada normativamente en el artículo 38 de la Ley N° 19.966, pues claramente la paciente concurre al Hospital Higueras de Talcahuano, como consecuencia de una inflamación bilateral de sus extremidades, con antecedentes de problemas renales. Sin embargo, los antecedentes antes detallados dan cuenta que el servicio de salud demandado no se ajustó a los protocolos y procedimientos establecidos por la misma institución, para precaver los elevados riesgos que la instalación de un catéter vascular pueden llegar a originar. En efecto, el primer médico que intervino en el procedimiento no estaba capacitado para la instalación del catéter y por ello falla en la punción, complicándose el área afectada con una infección y generándose otras complicaciones que motivaron más intervenciones quirúrgicas, falleciendo finalmente la paciente por un shock séptico refractario.

La resolución agrega que, de los antecedentes clínicos de la paciente no se observan otras patologías de magnitud que le pudieran haber provocado su fallecimiento, tenía 57 años y el procedimiento de instalación del catéter no fue realizado de urgencia, por lo que era posible para el establecimiento médico adoptar las medidas para minimizar las complicaciones.

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