En fallo dividido.
CS confirma dictamen de CGR que anuló cláusula de contrato entre municipio y banco.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó la acción cautelar interpuesta.

En fallo dividido, la Corte Suprema rechazó el recurso de protección presentado por la Municipalidad de Macul en contra de resolución de la Contraloría General de la República que dejó sin efecto cláusula de contrato suscrito por la casa edilicia con el Banco de Crédito e Inversiones.
La sentencia sostiene que de lo expuesto puede colegirse que la resolución atacada a través del presente arbitrio se refiere a una situación de hecho en la que se encuentran comprometidos dineros municipales, de modo que la Contraloría General de la República tiene facultades para fiscalizar los fondos públicos, incluidos los municipales, conforme lo prevenido en el artículo 1° de su Ley Orgánica N°10.336, por lo que no se advierte ilegalidad en la dictación del Dictamen que se estima agraviante por el actor, ya que lo ha hecho en uso de sus facultades privativas y dentro del ámbito de sus atribuciones.
La resolución agrega que sin perjuicio de lo señalado precedentemente, los cuestionamientos de mérito y ponderación formulados respecto de la instrucción impartida, ceden ante la voluntad de las partes contratantes, de resciliar la cláusula que ha motivado la observación, de manera que existe una posibilidad cierta de dar cumplimiento a lo ordenado por el ente contralor sin acarrear, para la municipalidad y el banco, los perjuicios que han se avizorado para el caso de procederse a la resciliación total del contrato.
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