Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte Suprema confirma fallo que condenó a detectives como encubridores de delito funcionario

El máximo Tribunal confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

Por Redacción·20 de agosto de 2019·3 min de lectura
Corte Suprema confirma fallo que condenó a detectives como encubridores de delito funcionario
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En fallo unánime, La Corte Suprema rechazó recurso de nulidad y confirmó la sentencia que condenó a dos funcionarios de la PDI como encubridores del delito funcionario de sustracción de dineros incautados en un operativo por narcotráfico.

La sentencia sostiene que en cuanto a los cuestionamientos que esboza la defensa, debe tenerse en consideración que, durante la audiencia de juicio oral, ambos acusados prestaron declaración de forma voluntaria, lo que quedó refrendado en el motivo cuarto del fallo en estudio, de manera tal que no se advierte de qué forma las declaraciones prestadas el día de los hechos ante el superior jerárquico, dentro de las atribuciones disciplinarias de la propia Policía de Investigaciones de Chile y, de forma previa al inicio de la investigación penal, afectaron la garantía al debido proceso que finalizó con la sentencia condenatoria a su respecto.

La resolución agrega que en cuanto a los reproches efectuados al levantamiento de evidencias, consistente en primer lugar en el registro audiovisual de los hechos en que participó el imputado Torres Cabrera, los registros de audio de los interrogatorios y de la autorización voluntaria para la incautación del dinero, debe tenerse en cuenta lo expresado en el motivo anterior respecto al régimen jerárquico y disciplinario estricto que rige a la Policía de Investigaciones, en que es dable la aplicación de un procedimiento administrativo propio para la investigación de las responsabilidades funcionarias derivadas de hechos ilícitos y que no es regido ni por los principios ni por las normas que consagra el Código Procesal Penal, de manera tal que los registros de audio de las declaraciones obtenidas en sede de investigación administrativa interna no permiten configurar una infracción de garantías en el desarrollo de la investigación penal.

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