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En fallo dividido.

CS confirma fallo que ordenó a Hospital pagar indemnización por negligencia médica durante intervención uterina.

El máximo Tribunal estableció la responsabilidad del establecimiento por falta de servicio.

Por Redacción·08 de julio de 2018·2 min de lectura
CS confirma fallo que ordenó a Hospital pagar indemnización por negligencia médica durante intervención uterina.
Referencial

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al Hospital Base de Puerto Montt a pagar una indemnización de $70.918.812 por la negligente atención brindada a paciente durante intervención uterina.

La sentencia sostiene que dejaron expresamente asentado que los procedimientos médicos llevados a cabo en el Hospital Base de Puerto Montt dan cuenta de errores en la actividad médica realizada, tanto en lo relativo a la intervención quirúrgica para extirpar el mioma uterino como al retiro de los catéteres implantados a la paciente; respecto de la primera, dieron por establecido que durante su desarrollo los profesionales que participaron en ella provocaron la fístula urétero-vaginal que afectó a la paciente.

La resolución agrega que en cuanto al segundo procedimiento, consignaron que la extracción de los catéteres no culminó con éxito, pues sólo se extrajo uno, destacando que el segundo catéter, es decir, aquel no retirado, produjo una dehiscencia o apertura parcial de la sutura, situación que provocó un cuadro de uroperitoneo y una peritonitis. Finalmente, dieron por establecido que existe un vínculo causal entre los daños provocados a la demandante y el proceder negligente de los funcionarios del Hospital de Puerto Montt que la atendieron.

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