Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirma sentencia que acogió protección contra arrendador que cortó suministro eléctrico a arrendataria por pago moroso de arrendamiento.

La recurrente estimó vulnerado el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona y el derecho de propiedad.

Por Redacción·15 de agosto de 2019·3 min de lectura
CS confirma sentencia que acogió protección contra arrendador que cortó suministro eléctrico a arrendataria por pago moroso de arrendamiento.
Referencial

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, y acogió la acción de protección, en contra del arrendador de un inmueble, por el corte del suministro de luz de una habitación que se encuentra en el inmueble de propiedad del recurrido.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del arrendador por el corte del suministro eléctrico, debido al pago moroso de la renta por el arrendamiento de una pieza.

La recurrente estimó vulnerado el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona y el derecho de propiedad.

Comentarios (1)

  1. Marcos

    mi arrendador también me cortó el suministro eléctrico y además me agredió físicamente con su hermano dañaron mi vehículo con piedras

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