En fallo unánime.
CS confirmó sentencia que acogió protección contra Inspección del Trabajo por multa a empresa de alimentos.
La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional a la igualdad ante la ley.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de San Miguel que acogió la acción de protección deducida por la empresa Watt´s S.A. en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Maipo por haber rechazado, por extemporánea, la solicitud de reconsideración administrativa presentada en contra de la resolución de multa N°3042/18/193.
La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional a la igualdad ante la ley.
En su sentencia, la Corte de San Miguel indicó en su oportunidad que, según lo ha reconocido la jurisprudencia reiterada de los tribunales superiores, el plazo de treinta días a que se refiere el artículo 512 del Código del Trabajo para presentar la solicitud de reconsideración ante la Inspección del Trabajo se compone de días hábiles, no corridos, como lo sostiene la recurrida, entendiéndose por inhábiles los días sábado, domingo y festivos. A modo ejemplar, cita las sentencias de la Excma. Corte Suprema N° 3537-2012, N° 704-2015, N° 4015-2015, 18.432-2016; Rol 16.942-2016; Rol 17.522-2016; Rol 16.288-2016, N° 46.541-2016, N° 20.569-2018 y N° 23.259-2018, así como las de esta Corte de Apelaciones N° 3086-2016, N° 5965-2017, N° 3203-2018 y 6533-2018.
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