En fallo dividido.
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible amparo contra Primera Sala de la Corte de Rancagua por ordenar prisión preventiva a imputado.
La decisión fue adoptada con los votos en contra de los Ministros Dolmestch y Künsemüller.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Rancagua que declaró inadmisible la acción de amparo deducida en contra de la sentencia dictada por la Primera Sala de la Corte de Rancagua, la cual decidió revocar la resolución dictada por el Juez de Garantía de Rancagua que dejó sin efecto la prisión preventiva y en su lugar se decidió mantener la prisión preventiva del imputado.
El recurrente estimó que afecta su libertad personal, pues la resolución de por la Primera Sala de la Corte de Rancagua no expuso los antecedentes de hecho ni de derecho que sustentan o justifican la decisión de decretar la prisión preventiva como tampoco no se pronunció ni se hizo cargo de las alegaciones planteadas por la defensa del amparado en el debate de la medida cautelar de prisión preventiva.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Apelaciones de San Miguel indicó en su oportunidad que, de acuerdo lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, sobre tal decisión no es procedente recurrir de amparo, por cuanto no puede otra sala de la misma Corte constituirse en tribunal revisor de dicha sentencia, ya que lo resuelto por cada sala representa a la Corte en su conjunto.
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