Con voto en contra.
CS declara inadmisible protección contra Comunidad de Edificio por modificar unilateralmente reglamento de copropiedad.
El fallo fue acordado con el voto en contra del Ministro Muñoz, quien estuvo por revocar la resolución apelada y, en su lugar, declarar admisible el recurso de que se trata y darle la tramitación correspondiente.

Con disidencia, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de protección deducido en contra de Comunidad de Edificio por modificar unilateralmente el reglamento de copropiedad, estableciendo nuevas obligaciones emanadas como resultado de dicha modificación.
La recurrente estima vulneradas las garantías de debido proceso y su derecho de propiedad.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Santiago expresó en su oportunidad que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado o desde que el afectado haya tomado conocimiento de este.
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