En forma unánime.
CS declaró admisible protección deducida contra banco por una cliente afectada por un fraude informático.
La recurrente indicó que se vulneró el derecho de propiedad.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de apelación deducido en contra de la resolución dictada por la Corte de Santiago, que declaró inadmisible la acción de protección deducida por una ciudadana contra Banco Santander Chile, debido a que fue víctima de un fraude bancario.
La recurrente adujo que se vulneró el derecho de propiedad, ya que fue privada del dominio sobre los dineros que tenía depositados en una cuenta corriente debido a la vulneración de los sistemas de seguridad internos del banco que posibilitaron el fraude.
La sentencia del máximo Tribunal indicó que del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se han mencionado hechos que eventualmente puedan constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.
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