En fallo unánime.
CS desecha recurso de queja y ordena entregar actas del COSENA por ley de transparencia.
El máximo Tribunal no dio lugar al recurso especial presentado en contra de los ministros de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que ratificaron la decisión del Consejo para la Transparencia.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó recurso de queja y ordenó al jefe del Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional entregar las actas del Consejo de Seguridad Nacional (COSENA), solicitadas por ley de transparencia.
La sentencia sostiene que si bien bajo el actual ordenamiento jurídico el COSENA es un órgano consultivo, forma parte de la Administración del Estado, lo que se produce al otorgar asesoría al Poder Ejecutivo en materias de seguridad nacional, por lo que tal carácter lo adquiere, ya sea funcional o materialmente, aunque no lo sea desde un punto de vista orgánico.
La resolución agrega que desde otro punto de vista, hay que tener presente que el requerimiento de acceso a la información se presentó por el tercero ante el Estado Mayor Conjunto, ello pues las actas se encontraban en su poder en carácter de custodio, de acuerdo a lo que prescribía el artículo 95, inciso segundo de la Constitución Política de la República. Sin embargo, tal disposición fue derogada con la entrada en vigencia de la Ley N°20.050 de 26 de agosto de 2005, sin que en la Ley N°20.424 de 4 de febrero de 2010, que crea el Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional, contenga alguna referencia a tales atribuciones, circunstancia que permite concluir que sí las actas permanecen actualmente en su poder y continua guardándolas en custodia, es únicamente porque esa era la labor que le correspondía a ese órgano, hasta antes de la reforma constitucional del 2005.
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