Remitido a la Cámara de Diputados.
CS despacha informe sobre proyecto de ley que modifica Código del Trabajo en materia de despido.
La sentencia sostiene que el artículo único del proyecto que se informa, contiene dos modificaciones, una de las cuales motiva la petición de informe a la Corte Suprema.

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, para disponer que la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor, como causal de despido o de no pago de remuneraciones, requiere resolución judicial previa que declare que se trata de un impedimento absoluto y permanente para la subsistencia de la relación laboral.
Informe que fue remitido a la Cámara de Diputados el miércoles 5 de mayo pasado con la opinión del máximo tribunal sobre la propuesta.
La sentencia sostiene que el artículo único del proyecto que se informa, contiene dos modificaciones, una de las cuales motiva la petición de informe a la Corte Suprema. Si bien esta modificación al numeral 6 del artículo 159 del Código del Trabajo, recoge una línea jurisprudencial (señalada en el desarrollo de este informe), y comparte un origen común con la ley de reciente data -21.227- , se justifica porque la finalidad perseguida es dar efectos generales y permanentes a las soluciones mencionadas, reforzando para las situaciones de caso fortuito y fuerza mayor la estabilidad del vínculo laboral convenido, sobre la base del principio de protección del trabajador, abarcando más allá de la contingencia que motivó la declaración del Estado de Catástrofe, cualquiera situación que pueda ser esgrimida como constitutiva de caso fortuito o de fuerza mayor.
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