En fallo dividido.
Corte Suprema niega devolución de impuestos de sociedad eléctrica
El Tribunal estableció que las compensaciones que pagan las empresas eléctricas no son gasto necesario.

En fallo dividido, la Corte Suprema acogió un recurso de casación y confirmó la decisión del Servicio de Impuestos Internos que negó lugar a devolución de impuestos de la empresa Sociedad Austral de Electricidad SA. (Saesa).
La sentencia sostiene que como se consignara en los motivos que preceden, el tribunal del grado zanjó tal aspecto, vinculando la necesariedad del desembolso considerando el giro de la reclamante y el carácter obligatorio de las compensaciones.
Añade que sin embargo, el análisis de la normativa aplicable (artículo 16 B de la Ley N° 18.410) permite concluir, en primer lugar, que ella consagra un sistema de resarcimiento en favor del cliente o usuario sujeto a regulación de precios, de modo tal que la razón de su establecimiento ha sido la consideración de la importancia del bien distribuido para la población en general, previo a determinar si tal suspensión del suministro ha sido consecuencia de un caso fortuito, fuerza mayor o imputable al hecho propio de la concesionaria o de terceros. Esta conclusión se desprende del tenor literal de la norma en comento, que impone el referido resarcimiento con independencia de las sanciones que correspondan así como del derecho a repetir en contra de los responsables, prescripción que permite concluir que tal estatuto no excluye en modo alguno la aplicación del régimen de consecuencias derivadas de las inobservancias de normas reglamentarias o legales en la generación del servicio de que se trata o su prestación, cuando ellas han causado la interrupción o suspensión no autorizada del suministro.
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