Diario Constitucional

En fallo unánime.

CS ordena a conductor indemnizar a motorista lesionado en accidente de tránsito.

El máximo Tribunal revocó la sentencia impugnada, que rechazó la demanda por existir entre las parteS un acuerdo zanjado ante el Juzgado de Policía Local de Yerbas Buenas.

Por Redacción·03 de octubre de 2018·2 min de lectura
CS ordena a conductor indemnizar a motorista lesionado en accidente de tránsito.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema condenó a conductor demandado a pagar una indemnización de $2.000.000 a víctima de accidente de tránsito que provocó en la comuna de Yerbas Buenas, en mayo de 2014.

La sentencia sostiene que la responsabilidad extracontractual se encuentra regulada en los artículos 2314 y siguientes del Código Civil. El primero de ellos estatuye que ‘el que ha cometido un delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro, es obligado a la indemnización; sin perjuicio de la pena que le impongan las leyes por el delito o cuasidelito'. Esta responsabilidad civil surge cuando se verifica un hecho voluntario, ilícito, imputable, que ha sido la causa de un daño a las personas.

La resolución agrega que en el presente caso el demandante solicitó el resarcimiento del daño moral en calidad de víctima de un hecho que le causó lesiones, supuesto fáctico que difiere de aquellos que fueron conocidos por el juzgado de policía local. Tal como se enunció, dicho tribunal se limitó a conocer de las infracciones propias del ámbito de su competencia y los daños materiales sufridos, pero en ningún caso de la lesión física padecida por el actor.

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