En fallo dividido.
CS ordena a universidad renovar matrícula a estudiante de derecho.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario e injustificado de la casa de estudios al denegar la renovación de la matrícula al recurrente.

En fallo dividido, la Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó a la Universidad de Las Américas reconocer la calidad de alumno regular de estudiante de la carrera de Derecho, a quien se le impidió matricularse para el año lectivo 2019, por deudas con el plantel.
La sentencia sostiene que por existir un contrato de prestación de servicios educacionales, del cual emanan derechos y obligaciones para ambas partes, la forma ajustada al ordenamiento jurídico de solicitar el cumplimiento de aquellas que se estiman incumplidas es a través de las acciones jurisdiccionales correspondientes, resultando ilegítimo utilizar cualquier medio de presión para obtener el pago, de modo que un obrar en ese sentido, como el que se reprocha a la recurrida, se constituye en una vía de hecho que importa hacerse justicia por propia mano, violencia que toda sociedad en la actualidad reprueba y, es más, reprime por ser ilegítima.
La resolución agrega que en este sentido, resulta indispensable poner de relieve que la Universidad mantiene y es titular de todas las acciones necesarias para el cobro de los aranceles, de manera que dicho régimen general no se ha visto alterado en su perjuicio; por el contrario, lo pretendido es que ese régimen general no sea modificado en su beneficio y en perjuicio del alumno, única forma de dar íntegra aplicación al principio, garantía y derecho que tienen todas las personas de que se las considere en idénticas condiciones ante un mismo hecho, en este caso una morosidad en el pago de cuotas del arancel fijado por la Universidad, cuyo cobro ésta deberá ejercer por la vía común.
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