En fallo dividido.
CS ordena eliminar de registro de búsqueda camión sustraído que fue devuelto a su dueña.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario e ilegal de la parte recurrida al mantener la alerta por robo del camión.

En fallo dividido, la Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó a Carabineros eliminar anotación de sustracción de camión, vehículo que ya fue devuelto a su propietaria.
La sentencia sostiene que en la especie fue la propia recurrente quien estampó la denuncia por la sustracción del camión PPU KV1713, denuncia que puso en marcha la persecución penal que culminó con la comunicación de la decisión de no perseverar en la investigación, comunicada por el Ministerio Público el 5 de mayo de 2015.
La resolución agrega que habiendo sido requerido el alzamiento de la anotación por la misma persona que interpuso la denuncia, versando la anotación y denuncia respecto un vehículo amparado con la misma placa patente que aquel que fue hallado y devuelto, y agotado el fin que a la denuncia le confiere el artículo 172 del Código Procesal Penal, debe concluirse que la negativa objeto del recurso es contraria a derecho, por transgredir lo dispuesto en los artículos 29 y siguientes del Decreto Supremo Nº 1.111 de 1985 del Ministerio de Justicia, y carecer de la debida motivación exigida por los artículos 11 y 41 de la Ley Nº 19.880.
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