En fallo unánime.
CS rechaza casación y mantiene fallo que condenó a corporación municipal por agresión con arma blanca en liceo de San Miguel.
El máximo Tribunal rechazó el recurso de casación deducido en contra de la Corte de Apelaciones de San Miguel que confirmó la sentencia de primera instancia, que determinó la responsabilidad de la recurrente en los hechos como sostenedora del establecimiento.

La Corte Suprema mantuvo la sentencia que condenó a la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Miguel a pagar una indemnización total de $16.000.000 a los padres y joven alumno que fue apuñalado en el Liceo Mixto Betsabé Hormazábal Alarcón de la comuna, en abril de 2016.
La sentencia indica que de las normas legales antes transcritas puede colegirse que, sobre el establecimiento educacional y, en consecuencia, sobre su sostenedor, recaía el deber de velar por la seguridad de los alumnos, empleando el cuidado necesario para prevenir eficazmente que quedaren expuestos y sin vigilancia ante otros miembros de la comunidad educativa que pudieren agredirlos, como ocurrió en la especie.
Para la Corte Suprema, el administrador de un establecimiento educacional debe aplicar un cuidado elevado con miras a proteger la vida e integridad física de los estudiantes, teniendo en cuenta que, en este caso, se trata de adolescentes, que requieren especialmente de orientación, dadas las especiales características de la etapa del desarrollo en que se encuentran; en el caso de autos, varios de ellos, momentos antes de la agresión participaron en una altercado con golpes de puño, como fue asentado en el considerando duodécimo de la sentencia de primera instancia, sin que dicha situación fuere advertida oportunamente por el personal paradocente del Establecimiento, llegando un Inspector una vez que la víctima ya había sido apuñalada.
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