En forma unánime.
CS revocó sentencia y declaró admisible protección contra Banco y Compañía de Seguros por negarse al pago del seguro de desgravamen del difunto marido de la recurrente.
La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional del derecho de propiedad.

La Corte Suprema revocó la sentencia que declaró inadmisible protección contra de Banco Estado y Rigel Seguros de Vida S.A., por negarse al pago del seguro de desgravamen del difunto marido de la recurrente.
La recurrente estimó vulneradas su garantía constitucional del derecho de propiedad.
Cabe recordar que en su sentencia, la Corte de Valparaíso indicó en su oportunidad que, los hechos expuestos no se advirtió alguna vulneración o amenaza en contra de los derechos fundamentales de la recurrente, garantizados por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y visto lo dispuesto por el Auto Acordado sobre la materia, se declaró inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de las demás acciones y derechos que corresponda a la actora ejercitar.
Te puede interesar

13, 14 y 15 de noviembre.
Se realizarán VIII Jornadas Nacionales de Derecho Procesal en la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.

Derechos Humanos.
Ministro Carroza condena a suboficial (r) del Ejército como cómplice de un homicidio simple y un homicidio simple frustrado ocurridos en 1974.

Por doble inscripción de nacimiento.
Juzgado Civil condena a Servicio de Registro Civil a pagar indemnización por bloqueo de cédula de identidad.

