Diario Constitucional

En forma unánime.

CS revocó sentencia y declaró admisible protección contra Banco y Compañía de Seguros por negarse al pago del seguro de desgravamen del difunto marido de la recurrente.

La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional del derecho de propiedad.

Por Redacción·28 de septiembre de 2019·1 min de lectura
CS revocó sentencia y declaró admisible protección contra Banco y Compañía de Seguros por negarse al pago del seguro de desgravamen del difunto marido de la recurrente.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia que declaró inadmisible protección contra de Banco Estado y Rigel Seguros de Vida S.A., por negarse al pago del seguro de desgravamen del difunto marido de la recurrente.

La recurrente estimó vulneradas su garantía constitucional del derecho de propiedad.

Cabe recordar que en su sentencia, la Corte de Valparaíso indicó en su oportunidad que, los hechos expuestos no se advirtió alguna vulneración o amenaza en contra de los derechos fundamentales de la recurrente, garantizados por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y visto lo dispuesto por el Auto Acordado sobre la materia, se declaró inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de las demás acciones y derechos que corresponda a la actora ejercitar.

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