Desfavorable.
CS se pronuncia sobre normas contenidas en proyecto relativo a indemnización por error judicial.
La Corte Suprema emitió informe respecto del proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal para establecer procedimiento en materia de error judicial.

La Corte Suprema emitió informe respecto del proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal para establecer procedimiento en materia de error judicial.
En el texto, expresa en esencia el máximo Tribunal que en especial por la inconstitucionalidad manifiesta del mismo, esta Corte es del parecer de emitir una opinión favorable únicamente en cuanto comparte la necesidad de una adecuación constitucional y de una regulación legal a la institución del error judicial.
Asimismo, expresa el informe que la supresión de la expresión «injustificadamente» abre espacio a la proliferación de las acciones indemnizaciones por error judicial, toda vez que las causales de error y arbitrariedad se constituirán en motivos de carácter objetivo, omitiéndose el reproche subjetivo que la Carta Fundamental radica en el concepto analizado. Así, numerosas sentencias de la Corte han señalado que «una resolución para que tenga el carácter de errónea o de arbitraria en grado injustificable, es necesario que además de ser contradictoria con la razón y que se haya decretado de manera irregular o caprichosa, debe carecer rotundamente de motivación y racionalidad porque si esa resolución, que después resulta errónea. Se hubiera fundamentado en antecedentes que llevaron al Juez a apreciar como hecho punible o como grado de responsabilidad un comportamiento, que con posterioridad se determine que no es tal, el error producido en el auto encargatorio de reo o en el fallo condenatorio sería un error razonable, no susceptible de indemnización alguna.
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