Opinión.
Escriben: «Obligaciones internacionales en relación con el medio ambiente según la Convención Americana sobre Derechos Humanos».
El artículo tiene por objeto analizar la Opinión Consultiva dictada por la CIDH en respuesta a la consulta realizada por el Estado de Colombia.

En una reciente publicación de la página web latam.lejister.com se da a conocer el artículo “Obligaciones internacionales en relación con el medio ambiente según la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.
El artículo señala que el día 15 de noviembre de 2017 la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó una Opinión Consultiva respondiendo a la consulta realizada por el Estado de Colombia en relación a las obligaciones ambientales de los Estados parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el marco de la protección y garantía de los derechos a la vida y a la integridad personal.
En cuanto a la función de la opinión consultiva, el documento destaca que ésta tiene como finalidad la interpretación de la Convención a fin de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas por los Estados parte, tanto en general como en relación a la compatibilidad de sus leyes internas con las mismas. Se diferencia de la función jurisdiccional, que tiene como finalidad la resolución de cuestiones de hecho. Así, en materia consultiva la Corte no está llamada a resolver cuestiones de hecho, sino a emitir su opinión sobre la interpretación de una norma jurídica.
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