Diario Constitucional

Guía Legal.

Explican regulación legal que existe sobre entrega de propinas en restaurantes, pubs, bares, cafeterías y otros establecimientos comerciales.

Se aclara que los trabajadores tienen derecho a recibir todas las sumas que se entreguen como propina, que pueden ser en efectivo, mediante el uso de tarjetas de debito, tarjetas de crédito, cheques u otros medios de crédito.

Por Redacción·07 de febrero de 2018·2 min de lectura
Explican regulación legal que existe sobre entrega de propinas en restaurantes, pubs, bares, cafeterías y otros establecimientos comerciales.
Referencial

En una reciente publicación se explica la regulación legal que existe sobre la entrega de propinas en restaurantes, pubs, bares, cafeterías, entre otros.

En cuanto a si la propina debe figurar en la cuenta de los restaurantes, se sostiene que en los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina. Esa cifra debe ser de a lo menos el 10% del consumo, que deberá pagar el cliente, salvo que éste manifieste su voluntad en contrario.

A continuación se aclara que los trabajadores tienen derecho a recibir todo el pago de la propina.

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