Libre competencia.
Fiscalía Nacional Económica interpone requerimiento contra Laboratorio y solicita millonaria multa por incumplimiento a condiciones impuestas por sentencia del TDLC.
La FNE presentó requerimiento ante el TDLC contra el Laboratorio Biosano S.A. mediante el cual le imputa haber incumplido la obligación que le fue impuesta en la Sentencia N° 165/2018, referida a un programa de cumplimiento en materia de libre competencia por el plazo de cinco años.

El requerimiento interpuesto por la Fiscalía Nacional Económica tiene como antecedente la sentencia N°165/2018 del TDLC, la cual fue confirmada por la Corte Suprema.
En virtud de ella, se declaró que Biosano, junto a los laboratorios Sanderson S.A. y Fresenius Kabi Chile Ltda., habían ejecutado un acuerdo colusorio para afectar diversos procesos licitatorios convocados por la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast), al menos entre 1999 y 2013. El fallo condenó a Sanderson y a Fresenius al pago de una multa, y aunque eximió de tal sanción a Biosano por haber sido acreedora del beneficio de delación compensada, le ordenó implementar un programa de cumplimiento por cinco años.
El fallo del TDLC señaló que el acuerdo colusorio celebrado tenía como fin la adquisición de medicamentos inyectables genéricos contenidos en envases de menor volumen, también llamados ampollas, desde el año 1999, hasta a lo menos el año 2013.
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