Por infracción a la prohibición de interlocking horizontal.
FNE presentó requerimiento ante el TDLC por participación simultanea de Juan José Hurtado Vicuña en Consorcio Financiero S.A y Larraín Vial Spa.
La Fiscalía solicitó al TDCL la aplicación de una multa a beneficio fiscal para los infractores.

Con fecha de 11 de septiembre de 2019, la FNE inició una investigación sobre vínculos estructurales en la industria financiera y bancaria. Se trata del segundo requerimiento presentado por la FNE respecto de la prohibición de interlocking horizontal y fue iniciado por investigación de oficio, al igual que el requerimiento presentado contra Hernán Büchi, Banco de Chile, Falabella y Consorcio.
Como resultado de esta investigación se constató que Juan José Hurtado Vicuña participó simultáneamente en los cargos de director en Consorcio y Larraín Vial. Con esto, los requeridos habrían infringido el artículo 3, incisos primero y segundo, letra d) del DL 211, desde el 26 de febrero 2017, fecha en que comenzó la vigencia de esta prohibición, hasta el 29 de abril del año 2019.
El precepto infringido sanciona la participación simultánea de una persona en cargos ejecutivos relevantes o de director en dos o más empresas competidoras entre sí, siempre que el grupo empresarial al que pertenezca cada una de las compañías tenga ingresos anuales sobre las 100.000 UF. Tal infracción, que es conocida como interlocking horizontal, fue establecida por la Ley N°20.945, que perfecciona el sistema de defensa de la libre competencia.
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