Igualdad de género en concursos.
Justicia Argentina rechazó amparo colectivo interpuesto por diferentes organizaciones que reclaman cupo de género en las ternas de los concursos.
La llamada “perspectiva de género” no impone siempre decidir a favor de la mujer, sino impedir que ella sea postergada por el hecho de serlo.

.La Justicia Argentina rechazó un amparo colectivo interpuesto por diferentes organizaciones que reclamaban cupo de género en las ternas de los concursos.
Estas organizaciones manifiestan que la creciente participación social del movimiento de mujeres en el país, ha vuelto ineludible la necesidad de adoptar medidas concretas para cumplir los compromisos que Argentina ha asumido desde hace tiempo; agregando que entre esos compromisos, sobresalen la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.
La sentencia que desestimó el amparo señala que el Consejo adaptó el reglamento para concursos y resolvió que “una vez que la Comisión se haya expedido sobre las impugnaciones, deberá convocar para la realización de la entrevista personal, como mínimo, a los postulantes que hubieren obtenido los primeros seis puntajes en el orden de mérito. Para el supuesto que entre los primeros seis lugares no hubiera una mujer, se convocará además a la entrevista a las dos postulantes mujeres que sigan en el orden de mérito, siempre que hayan obtenido los puntajes reglamentarios mínimos”.
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