Contratos de prenda sin desplazamiento.
Juzgado Civil de Santiago acoge prescripción de cobro de crédito automotor.
El Tribunal acogió la acción presentada en contra del BancoEstado por dos créditos otorgados en 2009, los que no han sido cobrados.

El Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda interpuesta por el cobro de crédito bancario y ordenó levantar la prenda constituida por los dos vehículos adquiridos.
La sentencia sostiene que del análisis del contenido de las probanzas aportadas por la parte demandante, detalladas en el motivo cuarto de esta sentencia, consistente en prueba instrumental, acompañada en forma legal y no objetada por la contraria, consta y se tiene por acreditado que con fecha 22 de enero y 27 de febrero de 2009, el demandante suscribió con el Banco Estado de Chile, dos contratos de prenda sin desplazamiento, en virtud del cual el demandante constituyó en favor del Banco prenda sin desplazamiento con cláusula de garantía general sobre los vehículos.
La resolución agrega que en cuanto a la procedencia de la prescripción extintiva como acción, Ramón Domínguez Águila (Domínguez Águila, Ramón, Editorial Jurídica de Chile, 2004 p.74 y ss.) hace presente que tanto la doctrina como la jurisprudencia se han uniformado en sostener que, al no existir norma sustantiva o procesal que lo prohíba, procede la alegación de prescripción extintiva como acción, por lo que se considera que el actor, se encuentra facultado para formular la petición deducida en la demanda.
Te puede interesar

En fallo unánime.
CS ordena a la Superintendencia de Seguridad Social y al Compin pagar licencias médicas.

En fallo unánime.
Corte de Concepción condena a 5 años y un día de presidio efectivo a carabinero (r) por homicidio en la vía pública en 1975.

En fallo unánime.
Corte de Valdivia confirma fallo que multó a hotel de Osorno por infringir la Ley de Pesca.

