Hijo menor de dos años.
Juzgado Laboral confirma multa a empresa por no respetar derecho a amamantamiento.
El Tribunal rechazó la reclamación presentada por la empresa, tras establecer que la resolución sancionatorio de la Inspección Provincial del Trabajo Santiago Centro, se ajusta a derecho y es proporcional a la falta.

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago confirmó las multas aplicadas a la empresa Servicios Integrales Pedro Plaza Sepúlveda EIRL por no respetar, entre otros, el derecho de trabajadora a alimentar a hijo menor de dos años.
La sentencia sostiene que en cuanto a la alegación de la proporcionalidad de la multa, precisamente y ella no obstante de ser de tipo subsidiario no por tal circunstancia deja de ser menos compleja, porque al plantearla de manera correcta y completa, necesariamente lleva una discusión de manera axiológica, respecto de los valores o bienes jurídicos involucrados en la actuación de la Administración.
La resolución agrega que tanto aquellos que podrían entenderse que son correspondientes a la situación del reclamante o que él estima que confluyen en la decisión, los del trabajador involucrado, en que ha sido beneficiado con la actuación del organismo y por otro lado, aquellos principios que eventualmente la propia administración pueda estimar concurran en la decisión de la controversia. Nada de esto se ha dicho, y como se ha esbozado anteriormente, es una discusión que básicamente es literaria, y por lo tanto, desde ese punto de vista, no se ve cual es el vicio o de qué manera se configura un vicio para la actuación de la administración que se ha formulado.
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