Deberes básicos de seguridad.
Juzgado Laboral de Iquique condena a empresa de servicios por accidente en faena minera durante tormenta eléctrica.
El Tribunal no hizo lugar a la acción judicial deducida, tras establecer la responsabilidad de la demandada en el accidente laboral, por lo que le ordenó pagar la suma de $15.000.000 por concepto de daño moral, al trabajador.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique acogió la demanda de indemnización de perjuicios en accidente de trabajo interpuesta en contra de Sodexo Chile S.A., por trabajador que resultó quemado con agua hirviendo tras resbalar por piso húmedo de casino de faena minera, durante tormenta eléctrica.
La sentencia indica que esta sentenciadora concluye que el empleador no ha acreditado el cumplimiento de deberes básicos de seguridad, no existiendo antecedentes que permitan determinar que adoptó todas las medidas tendientes a proteger eficazmente la vida y salud del trabajador.
La resolución agrega que, la forma en que se ejecuta una evacuación en caso de tormenta eléctrica y las condiciones en que se encuentran los recintos a los cuales se evacuan a los trabajadores, constituyen aspectos que el empleador debe contemplar para minimizar los riegos de ocurrencia de accidentes de trabajo, cuestión que en el caso de marras el empleador no previó.
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