Diario Constitucional

Opinión.

La inviable candidatura de Evo Morales a la Presidencia de Bolivia en 2025, por José Antonio Rivera S.

¿Es válida la nueva postulación de Evo Morales para 2025? Este análisis sostiene que, a la luz de la Constitución y la democracia representativa, la candidatura no es viable.

Por José Antonio Rivera S·23 de junio de 2025·7 min de lectura
Imagen: agendaestadodederecho.com
Referencial

En una reciente publicación de agendaestadoderecho.com se da a conocer el artículo La inviable candidatura de Evo Morales a la Presidencia de Bolivia en 2025, por José Antonio Rivera S. (*)

El X Congreso del Movimiento Al Socialismo (MAS), realizado en Lauca Ñ (Trópico del departamento de Cochabamba) los primeros días de octubre de 2023, tomó la determinación de declarar a Evo Morales como “único candidato” a la presidencia para las elecciones generales de 2025, haciéndose pública las determinaciones del Congreso por los diferentes medios de comunicación social. En la reunión nacional de emergencia del MAS, realizado el 20 de noviembre en Lauca Ñ, se ratificó a Evo Morales como candidato a Presidente en las elecciones de 2025; y el 20 de febrero de 2025, Evo Morales, junto a sus seguidores anunció públicamente, ante los medios de comunicación social, que se postulará como candidato a la presidencia en las elecciones generales de 2025 con el Partido Frente Para la Victoria.

Por disposición del art. 167 de la Constitución, “para acceder a la candidatura a la Presidencia o a la Vicepresidencia del Estado se requiere cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, contar con treinta años de edad cumplidos al día de la elección, y haber residido de forma permanente en el país al menos cinco años inmediatamente anteriores a la elección”.

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