Violaciones a los DDHH.
Ministro Llanos dictó condena por secuestro y homicidios de detenidos en Villa Grimaldi.
El Ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos, dictó sentencia de primera instancia en la investigación por los homicidios calificados y el secuestro de víctimas que permanecieron recluidas en el centro detención clandestino de Villa Grimaldi.

El Ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos, dictó sentencia de primera instancia en la investigación por los homicidios calificados y el secuestro de víctimas que permanecieron recluidas en el centro detención clandestino de Villa Grimaldi.
En virtud de los antecedentes reunidos en la causa, el Magistrado tuvo por establecido que la primera víctima correspondiente a Iván Nelson Olivares Coronel, era un estudiante de 20 años de edad, militante del MIR, expresando que “el 21 de octubre de 1975, aproximadamente a las 21:00 horas, cuando se encontraba en su domicilio, junto a su familia, llegaron varios sujetos que se identificaron como agentes de la DINA, ingresaron violentamente al inmueble, preguntando por Olivares Coronel, quien al sentir ruidos de vehículos en la calle salió de su pieza y trató de huir saltando la muralla divisoria hacia la casa vecina; ante ello, los agentes salieron en su búsqueda, y fue así que en el patio trasero de aquella, y encontrándose Iván Olivares totalmente desarmado, de inmediato le dispararon dos descargas de metralleta, resultando con heridas a bala en el cráneo, en el tórax y en un brazo que finalmente, le provocaron la muerte. Luego los agentes lo envolvieron en una frazada y lo subieron a una camioneta que esperaba afuera. Una semana después su cadáver fue encontrado en el Servicio Médico Legal. En el certificado de defunción se indica como época de fallecimiento «octubre de 1975».
Luego, en torno al homicidio calificado de Pedro Labra Saure, se determinó que “el 8 de febrero de 1975, alrededor de las 03:00 horas, a su domicilio, ubicado en Séptima Avenida N° 1580, San Miguel, llegaron tres vehículos motorizados y de ellos descendieron varios sujetos, entre ellos una mujer, quienes se identificaron como agentes de la DINA; entraron al inmueble, saltando la reja, e inmediatamente se escuchó una ráfaga de metralleta, resultando Labra Saure herido en el abdomen; fue sacado de la casa por los agentes y lo introdujeron en uno de los vehículos. Días después fue encontrado su cuerpo en el Servicio Médico Legal. Según la autopsia, practicada el 9 de febrero de 1975, la causa de muerte es una herida abdominal con salida de proyectil. En el certificado de defunción se señala como fecha de fallecimiento el 9 de febrero de 1975”.
Te puede interesar

A dos años de su entrada en vigencia.
Se realizará charla sobre Ley contra la Discriminación.

No existe vulneración.
Tribunal Laboral rechazó tutela de derechos fundamentales contra empresa de telefonía.

De la Academia Parlamentaria.
Revista Hemiciclo incluye estudio a la discapacidad y lenguaje de género en la ley chilena.

