Opinión.
Publican: “Estudio de las relaciones de poder”.
Pablo María Corna y Carlos Alberto Fossaceca, académicos argentinos, analizan la relación jurídica que existe entre una persona y una cosa.

En un artículo publicado recientemente, Pablo María Corna y Carlos Alberto Fossaceca, académicos argentinos, analizan la relación jurídica que existe entre una persona y una cosa, vale decir las relaciones de poder o relaciones reales. Como señalan al comienzo de su publicación, el presente es el primero de varios artículos en que desarrollarán su investigación.
Los autores señalan que escogieron la denominación “relación de poder” pues es la terminología que utiliza el Código Civil y Comercial de la Argentina, el que sin embargo es susceptible de equívocos, pues la tenencia se encuentra subordinada al verdadero poder que implica la posesión y los servidores de la posesión no ejercen poder alguno al ser meros yuxtaposeedores. Así, definen relación de poder como “el vínculo que se establece entre una persona y una cosa que permite el ejercicio de ciertos actos y la tutela ante ataques que la alteran”.
A continuación, el artículo expone la disputa entre Savigny y Ihering respecto a la esencia de las relaciones reales, vale decir entre la teoría subjetiva y objetiva respectivamente. Indica que en Argentina la tradición jurídica se ha inclinado por preferir la teoría de Savigny. Así, a modo de ejemplo, el animus domini presenta importancia en materia de percepción de frutos y prescripción adquisitiva.
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