Opinión.
Sobre el Referéndum y plebiscito.
Una tendencia mantiene la diferencia tradicional de ambas instituciones, en tanto que otra fuerte corriente de opinión pretende su unificación, dada su esencia y fin común.

En una reciente publicación del medio siempre.mx se da a conocer el artículo “Referéndum y plebiscito”. Se sostiene que las dos instituciones de democracia gobernante, semidirecta, participativa o directa, más comunes son referéndum y plebiscito; quizá las de mayor tradición y, por ende, las más conocidas, estudiadas y, en su caso, practicadas.
Al respecto se responde: ¿Por qué instituciones de democracia semidirecta y no directa? La respuesta es casi obvia, porque actualmente no es la ciudadanía consultada la que toma las decisiones; finalmente, quien emite el acto de gobierno es la persona o el órgano colegiado que desempeña la función gubernamental correspondiente, con independencia de que sea del Poder Legislativo o del Ejecutivo. Sigue siendo el órgano de autoridad, el Estado, el que determina qué hacer o no hacer, aun cuando respaldado, protegido, amparado, vinculado u obligado por la opinión de los ciudadanos consultados, por la voluntad general del pueblo, titular único e insustituible de la soberanía.
A continuación, se expone que la voz referéndum o referendo, conforme con Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, proviene del latín referendum, que significa “lo que ha de ser consultado”, en tanto que el vocablo plebiscito proviene también del latín plebiscitum, que en la antigua Roma, según las Instituciones de Justiniano, era la ley establecida por la plebe, es decir, por los ciudadanos que no eran patricios ni senadores, en respuesta a la consulta que le hacía un magistrado plebeyo o tribuno de la plebe; en principio el plebiscito solo obligaba a los plebeyos; sin embargo, con la evolución de las instituciones se tornó obligatorio para el pueblo romano en su totalidad.
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