Guía legal.
Sobre el sueldo mínimo, sueldo base y derecho a semana corrida.
Los trabajadores que reciben un sueldo mensual y remuneraciones variables, como son los vendedores del comercio y otros que operan bajo el sistema de comisiones diarias por ventas, tendrán derecho al pago de remuneración por los días domingo y festivos.

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional se da a conocer información sobre el sueldo mínimo, sueldo base y derecho a semana corrida.
Se sostiene que a partir del 21 de julio de 2008 la ley estableció que el sueldo base de un trabajador no podrá ser inferior al ingreso mínimo. Se exceptúan de esta norma aquellos trabajadores exentos de cumplimiento de jornada.
Se define, a continuación, el sueldo base como el pago en dinero, obligatorio y fijo, pagado por períodos iguales, que recibe un trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo, determinado en su contrato.
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