Diario Constitucional

Guía legal.

Sobre excesos y excedentes en el sistema isapres.

Cada afiliado podrá siempre optar por el prestador con el cual hará uso de sus excedentes, sin que la Institución de Salud Previsional pueda limitar o restringir esa decisión.

Por Redacción·24 de septiembre de 2019·4 min de lectura
Sobre excesos y excedentes en el sistema isapres.
Referencial

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional se explica qué hacer con los dineros que se generan por una cotización de salud previsional mayor a la que corresponde a cada persona.

La BCN define el excedente en salud es una diferencia a favor del afiliado, cuando la cotización legal obligatoria del 7% supera el precio del plan de salud contratado en una Isapre. Por ejemplo, si su 7% corresponde a 4 UF y usted normalmente cotiza un plan de 3,8 UF, se genera un excedente de 0,2 UF.

Los excedentes van a una cuenta corriente individual que la Isapre abre a favor del afiliado.

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