Acción Directa de Inconstitucionalidad.
Supremo Tribunal Federal de Brasil conocerá acción de distribuidores de energía que cuestionan ley sobre interrupción y recableado de servicios públicos.
La asociación alega que la ley viola los principios de proporcionalidad y razonabilidad, ya que no se basa en ningún parámetro o estudio empírico. Según ella, el consumidor moroso no puede regularizar su vida financiera en un fin de semana, sobre todo teniendo en cuenta que los salarios y las ganancias no se pagan durante este período.

La Asociación Brasileña de Distribuidores de Electricidad (Abradee) interpuso una Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) ante el Tribunal Supremo Federal (STF), contra la Ley 14.015 / 2020, que prevé la interrupción y reconexión de los servicios públicos.
La norma impone tres obligaciones a los prestadores de servicios públicos: la notificación previa al consumidor de que el servicio será desconectado por incumplimiento y el día a partir del cual se producirá la desconexión, necesariamente en horario comercial; la imposibilidad de cobrar una tarifa de reconexión si no hay notificación previa; y la prohibición de suspender la prestación de servicios que se inicie el viernes, sábado, domingo, festivos o vísperas de festivos.
En este sentido, la asociación alega que la ley viola los principios de proporcionalidad y razonabilidad, ya que no se basa en ningún parámetro o estudio empírico. Según ella, el consumidor moroso no puede regularizar su vida financiera en un fin de semana, sobre todo teniendo en cuenta que los salarios y las ganancias no se pagan durante este período. Además, ya existe notificación previa, por 15 o 30 días (en el caso de personas de bajos ingresos).
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