Junta de Vecinos.
TRICEL se pronunciará respecto de apelación contra sentencia que rechazó anular elección de directiva.
Desestimado el recurso de reposición, corresponderá al TRICEL pronunciarse sobre el recurso de apelación subsidiario.

El Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL), deberá pronunciarse respecto de un recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la Resolución del Tribunal Electoral (TER) de la Región del Biobío, que rechazó la reclamación de nulidad de la elección de directorio de la Junta de Vecinos “Lagunillas 2”, Unidad Vecinal Nº 2, comuna de Coronel.
Al efecto, cabe recordar que el requerimiento -deducido por parte de un socio de la referida Junta de Vecinos- se fundó en que el requirente fue excluido como candidato a la directiva en las cuestionadas elecciones, toda vez que se le había sancionado con 6 años de suspensión de sus derechos de socio, mediante un acuerdo que habría sido tomado en asamblea de la cual no se le notificó y cuya acta estaría claramente adulterada.
Por su parte, el TER rechazó la reclamación por estimar que la suspensión de los derechos de socio no guarda relación con la petición de revisión del referido procedimiento eleccionario y por cuanto la supuesta adulteración del acta en cuestión no es materia de su competencia.
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