Proceso habría ajustado a derecho.
TRICEL se pronunciará respecto de apelación que incide en un caso de elección de consejeros del Consejo Comuna de Organizaciones de la Sociedad Civil de Puente Alto.
Se aduce que la sentencia el Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, se pronuncia erróneamente respecto de los hechos denunciados en el reclamo.

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará sobre el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución del Tribunal Electoral de la Región Metropolitana de Santiago, que rechazó la reclamación deducida respecto de la elección de consejeros del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Puente Alto (COSOC), efectuada el 2 de mayo de 2017.
En su libelo, el ex candidato a la Directiva del Sector N°3 del COSOC de la comuna de Puente Alto, requiere que se declare la nulidad de la referida elección de consejeros, arguyendo que esta se realizó sin las formalidades del procedimiento eleccionario establecido en el Reglamento Municipal N° 20.
En ese sentido, se aduce que la sentencia el Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, se pronuncia erróneamente respecto de los hechos denunciados en el citado reclamo, especialmente en cuanto a que su inscripción fue en calidad de candidato a la Directiva, y no a Consejero.
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