Se espera sentencia.
TRICEL se pronunciará sobre apelación por multa aplicada a una Administradora Electoral.
El Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) deberá pronunciarse respecto de una reclamación interpuesta por parte de la Administradora Electoral de la Candidatura a Consejero Regional.

El Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) deberá pronunciarse respecto de una reclamación interpuesta por parte de la Administradora Electoral de la Candidatura a Consejero Regional de un candidato -por la Circunscripción Provincial Parinacota- en la elección efectuada el año 2013.
Al efecto, cabe recordar que la causa se inició con una infracción al artículo 41 de la Ley N°19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, esto es, que dentro de los treinta días siguientes a una elección, los Administradores Electorales de los candidatos independientes deben presentar al Director del Servicio Electoral una cuenta general de los ingresos y gastos electorales recibidos y efectuados por aquellos.
Al respecto, el Servicio Electoral en su Resolución N°058 de 5 de marzo de 2015, resolvió aplicar en el Procedimiento Administrativo Sancionatorio N°14, a la referida Administradora Electoral, una multa total a beneficio fiscal de 10 UTM, por haber infringido la mencionada disposición legal, al no haber presentado la correspondiente cuenta general de ingresos y gastos electorales.




