Entrega de Balance.
TRICEL se pronunciará sobre denuncia contra Partido Político por entrega parcial de información contable.
Expresa el TRICEL que, transcurrido el término conferido al efecto, el partido político en comento presentó parcialmente la documentación que le fue requerida.

El Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL), deberá pronunciarse respecto de un recurso de apelación deducido –por parte del Partido Igualdad- en contra de la Resolución Nº 0140, de fecha 24 de junio de 2015, del Servicio Electoral (SERVEL).
Al efecto, cabe recordar que la causa se inició con una denuncia presentada por el SERVEL en contra del referido Partido, por supuesta infracción al artículo 51 de la Ley N° 18.603, Orgánica de los Partidos Políticos.
En su resolución, el SERVEL rechazó el Balance del año 2014 del Partido Igualdad, por cuanto adujo en su resolución que, de acuerdo al artículo 35, de la Ley Nº 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, tales entidades deben practicar un balance por cada año calendario y remitir un ejemplar del mismo al Director del Servicio Electoral, quien si estimare necesario formular aclaraciones, requerirá del partido las informaciones y los antecedentes del caso, el que deberá proporcionarlos en el plazo prudencial que fijare el Director.
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