Cartas al Director

Crisis climática en el borrador de la Nueva Constitución: buenas noticias.

Dra. Andrea Lucas Garín

30 de mayo de 2022


El reciente borrador que ha visto la luz luego del trabajo continuado de la Convención Constitucional, nos depara una grata noticia que esperamos pueda ser plasmada finalmente en el texto constitucional definitivo.

Sobre lo normado en el borrador constitucional sobre Medio Ambiente, la inclusión expresa a la crisis climática de entrada en el título del capítulo, nos va indicando que hay una postura en pro de asumir una problemática innegable y sobre la que la información científica es seria, sostenida y de larga data. Una de las grandes fortalezas del régimen internacional de Cambio Climático, el que ha generado que hoy hablemos del tema y que el órgano constituyente se haya hecho cargo del fenómeno desde nuestra opinión, lo constituye la existencia del Panel Intergubernamental de Cambio Climático, órgano interdisciplinario y totalmente internacional que nutre la información científica sobre el Cambio Climático desde 1988 a la fecha.

El borrador plantea del deber del Estado de asumir la crisis climática y detalla un número de medidas de prevención, adaptación, y mitigación, el que entendemos no es para nada exhaustivo sino propositivo.

De especial interés resulta el artículo dedicado a bienes comunes naturales donde tanto el aire como la atmósfera son parte de la enumeración. Junto con declarar que sean inapropiables, enuncia otras medidas a cargo del Estado, esto es deberá preservarlos, conservarlos y restaurarlos. La conceptualización de los bienes comunes ha sido una respuesta a los problemas comunes que han abonado para la existencia de una rama especial del Derecho Internacional como lo es la dedicada al Derecho Internacional Ambiental. Tras esta incorporación puede leerse ínsito en el borrador constitucional una postura favorable a considerar al mundo como un sistema físico biológico integrado y cómo desde el Derecho, esta postura ha ido evolucionando.

Otros artículos proponen temáticas conexas con la crisis climática cuyo análisis dejamos para otra ocasión, nos despedimos no sin antes destacar la tendencia del borrador constitucional de superar la visión propia del texto constitucional de 1980, en cuanto a que el Medio Ambiente es un Derecho Fundamental, y avanzar a tender las bases de una futura política estatal con todos requerimientos que los tiempos y el estado que la crisis climática determinan necesarios, siempre mirando a futuro.

 

Dra. Andrea Lucas Garín

Directora Instituto de Investigación en Derecho

Universidad Autónoma de Chile

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *