Diario Constitucional

Teletrabajo presidencial peruano

Oficialmente, en el Perú el presidente de la república puede trabajar remotamente. Análisis de la Sentencia N.° 00011-2023-PI/TC

El presente texto busca presentar el análisis realizado por el Tribunal Constitucional respecto a la Sentencia recaída en el Expediente N.° 00011-2023-PI/TC en la cual se resolvió el caso concerniente a la Ley N.° 31810 que establece la capacidad de que el presidente de la república pueda realizar sus actividades del despacho presidencial de forma remota. Es así que se abarcará el origen de la controversia, los fundamentos presentados por el Tribunal respecto a los incisos cuestionados de la norma mencionada y lo fallado por el Tribunal.

Por Redacción·06 de mayo de 2024·1 min de lectura
Imagen: larepublica.pe
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El presente texto busca presentar el análisis realizado por el Tribunal Constitucional respecto a la Sentencia recaída en el Expediente N.° 00011-2023-PI/TC en la cual se resolvió el caso concerniente a la Ley N.° 31810 que establece la capacidad de que el presidente de la república pueda realizar sus actividades del despacho presidencial de forma remota. Es así que se abarcará el origen de la controversia, los fundamentos presentados por el Tribunal respecto a los incisos cuestionados de la norma mencionada y lo fallado por el Tribunal . . .

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