Diario Constitucional

Cotización voluntaria honorarios

Reforma de pensiones y trabajadores a honorarios: Implicaciones para el ahorro previsional.

La reforma introduce un cambio clave: el aumento de la cotización, pero este no es obligatorio para los trabajadores a honorarios.

Por Viviana Puentes·15 de febrero de 2025·2 min de lectura
imagen: fen.uahurtado.cl
Referencial

La reciente reforma de pensiones en Chile ha generado debate sobre su impacto en los trabajadores a honorarios que tributan bajo el régimen del artículo 42 N°2 de la Ley de Renta. Según datos del SII del año 2023, 942.848 trabajadores a honorarios realizaron su declaración de renta, representando el 11,23% del total de trabajadores informados al SII.

Hasta ahora, la Ley 21.133 exige que estos trabajadores destinen un porcentaje progresivo de su renta imponible al pago de su fondo de capitalización individual, el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP) y la cobertura de salud y Ley SANNA. Esto les permite acceder a prestaciones médicas en Isapre o Fonasa, licencias médicas y cobertura por accidentes laborales.

La reforma introduce un cambio clave: el aumento de la cotización, pero este no es obligatorio para los trabajadores a honorarios. Aquellos que opten por cotizar voluntariamente deberán aportar progresivamente un 4,5% de su renta imponible a su cuenta individual, con un incremento gradual hasta el 6%, y un 2,5% al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), destinado a beneficios adicionales. Además, durante el período de transición, se destinará un 1,5% como Cotización con Rentabilidad Protegida, que será reemplazado gradualmente hasta su eliminación.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.