SERVIU Metropolitano.
CGR determina que no resulta procedente pago adicional por extensión del plazo de los contratos de inspección técnica de obras.
El requerimiento fue remitido a la Contraloría General de la República mediante oficio de la II Contraloría Regional Metropolitana de Santiago, a la cual la empresa INGEIN Ltda. hizo llegar múltiples consultas.

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República –por parte de la empresa INGEIN Limitada- sobre la procedencia del pago por prórrogas de plazo de una serie de contratos de Inspección Técnica de Obras (ITO) celebrados con el Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano (SERVIU), que habían sido ordenadas por este último sin emitir una resolución fundada que autorizara dichas extensiones.
Al respecto, el ente contralor se refiere al artículo 3°, N°s 36, 40, 44 y 46 de la resolución N° 533 de 1997, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), que fija el procedimiento para la prestación de esos servicios a los programas de vivienda que indica, aplicable a los pactos de la especie. Y, asimismo, señala que de los antecedentes tenidos a la vista, se advierte que los contratos de inspección de la singularizada empresa tenían una vigencia de 24 meses, pero la duración de los mismos se extendió por un período superior a éste, y que el pago por los servicios de ITO se pactó en una suma fija teniendo en consideración el número de familias a atender y lo dispuesto en la aludida resolución N° 533, aplicable en la especie.
A su vez, del análisis de la normativa que regula este tipo de contratos celebrados en el marco de los decretos N° 174, de 2005 y 49, de 2011, ambos del MINVU, aprecia que los convenios de que se trata no se encuentran sujetos a aumentos de precio cuando el contrato de obra sufre alguna modificación.
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