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Transporte.

CGR ordena a Municipios que aún no hayan solicitado acceso al Registro de Pasajeros Infractores adoptar a la brevedad las medidas para obtenerlo.

Las Municipalidades deben suspender entrega de documentos o certificados relacionados con temas de transporte a infractores que se encuentren en el Registro.

Por Redacción·13 de marzo de 2019·3 min de lectura
CGR ordena a Municipios que aún no hayan solicitado acceso al Registro de Pasajeros Infractores adoptar a la brevedad las medidas para obtenerlo.
Referencial

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República, por parte del secretario ejecutivo de la Asociación Chilena de Municipalidades, quien informa que a la fecha no todos los municipios cuentan con acceso al Registro de Pasajeros Infractores establecido por la ley N° 21.083, por lo que requieren se les instruya al efecto.

Al respecto, cabe señalar que la ley N° 21.083 -que Adopta Medidas de Seguridad y Control en Medios de Pago del Transporte Público de Pasajeros-, introdujo el artículo 22 quáter a la ley N° 18.287, el cual dispone en su inciso sexto que “Los órganos del Estado cuyas competencias comprendan el otorgamiento de documentos o certificados que se relacionen con temas de transporte suspenderán la entrega de éstos, tales como licencia de conductor, permiso de circulación, cuando el infractor sea propietario de un vehículo motorizado; pases escolares o de educación superior, o cualquier documento que permita una exención de pago o rebaja tarifaria en el transporte público, a los infractores que se encuentren en el ´Registro de Pasajeros Infractores`, mientras figuren en él”.

Por su parte, indica que el inciso primero del artículo 8° del decreto N° 68, de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones -que Aprueba Reglamento de Operación, Administración y Condiciones Técnicas de Acceso del Registro de Pasajeros Infractores de Transporte Público-, señala que los órganos del Estado cuyas competencias comprendan el otorgamiento de documentos o certificados que se relacionen con temas de transporte, deberán solicitar a la Subsecretaría que proporcione acceso a la información del Registro. Añade que la información a la que podrán acceder se limitará a aquella que permita la suspensión de la entrega de los documentos o certificados que les corresponda otorgar.

Comentarios (2)

  1. Traceygump

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  2. Genevievegump

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