Diario Constitucional

Incompatibilidad.

CGR se pronuncia sobre prohibición de ejercicio por parte de abogado del Ministerio Público.

El órgano fiscalizador precisó que, en conformidad con el inicio 3º del aludido artículo 65, informará a la autoridad que haya efectuado el nombramiento las incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones sobrevinientes de los fiscales y funcionarios, que lleguen a su conocimiento.

Por Redacción·24 de junio de 2014·1 min de lectura
CGR se pronuncia sobre prohibición de ejercicio por parte de abogado del Ministerio Público.
Referencial

Se solicitó a la CGR se pronuncie sobre una eventual infracción por parte de un funcionario del Ministerio Público, a la prohibición de ejercicio de la profesión de abogado, que contempla el artículo 63, letra a), de la ley N° 19.640, toda vez que el abogado asesor de la Fiscalía Regional del Maule -anteriormente Fiscal Adjunto de Talca- estaría infringiendo la mencionada norma, ya que mantiene vigente un mandato judicial otorgado por la sociedad demandante en la causa Rol N° C-4471-1998, seguida ante el 9° Juzgado Civil de Santiago.

Sobre el particular, el órgano fiscalizador precisó que, en conformidad con el inicio 3º del aludido artículo 65, informará a la autoridad que haya efectuado el nombramiento las incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones sobrevinientes de los fiscales y funcionarios, que lleguen a su conocimiento.

Así, concluye la CGR sosteniendo que cumple con poner en conocimiento de esa superioridad, para los fines que estime pertinentes, que, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, el abogado aludido se encontraría infringiendo la anotada prohibición.

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