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martes 20 de mayo de 2025

Despertar del silencio: ¿Cuáles son las perspectivas y retos actuales en torno a la violencia intrafamiliar y sus instituciones?

Por Micaela Cid Nahuelpi, Universidad Autónoma de Chile La Ley Nº 20066 es uno de los instrumentos principales que el Estado chileno ha puesto a disposición para proteger a los más vulnerables del núcleo familiar, estableciendo que la violencia intrafamiliar es cualquier tipo de vejación a la integridad física o psíquica que les afecten. Buscando con esto, prevenir y evitar situaciones de violencia, cuya visión es amplia respecto a los procesos que lo componen, así como los actores que toman acción en cuanto a su funcionamiento. La VIF es un asunto que sigue generando preocupación en el país, siendo sus mayores afectados según estudios, niños y mujeres, implicando que si bien existe un marco legal e iniciativas continuas, aún queda mucho trabajo por realizar. Sobre estas perspectivas conversamos con el abogado de la Universidad Católica Cardenal Raúl Silva Henríquez, aspirante a grado de Magíster en Derecho Inmobiliario y Registral de la Universidad Central y profesor universitario David Mori Panesi y la abogada y Magíster en planificación y gestión de políticas públicas de la Universidad Central y directora de la clínica jurídica providencia de la Universidad Autónoma de Chile Constanza Rojas Aravena.
27 de abril de 2025

¿Cómo describiría la situación actual de la violencia intrafamiliar en nuestro país?

La violencia intrafamiliar es, ante todo, un fenómeno social. No se trata de algo nuevo; ha estado presente históricamente. Sin embargo, en los últimos diez años ha habido una mayor visibilización, especialmente desde el ámbito jurídico. A pesar de algunos avances, los resultados en términos de mitigación han sido más bien regulares.

¿Cómo ha evolucionado la legislación chilena sobre la violencia intrafamiliar en la última década?

La legislación ha avanzado con la creación de una ley específica sobre violencia intrafamiliar, que no solo regula hechos que no necesariamente constituyen delito, sino que también tipifica ciertos actos como delitos dentro del contexto familiar. Este marco normativo ha ido incorporando una mirada más armónica, integrando diferentes cuerpos legales para responder mejor a una realidad social en constante cambio.

¿Qué papel desempeñan las instituciones públicas en la prevención y atención en casos de violencia intrafamiliar?

Últimamente, las instituciones han enfocado su trabajo principalmente desde la perspectiva de la violencia de género, lo cual, si bien es importante, ha reducido el abordaje integral del fenómeno. Al buscar en internet “instituciones contra la violencia intrafamiliar”, la mayoría de los resultados se refieren exclusivamente a violencia contra la mujer. Esto evidencia un desequilibrio, ya que existen otras formas de violencia intrafamiliar que también necesitan atención y han sido desatendidas.

¿Cómo se asegura el acceso a la justicia de las víctimas de violencia intrafamiliar en el país?

En términos generales, todas las personas tienen derecho a acceder a la justicia. En el caso de la violencia intrafamiliar, este acceso se facilita gracias a procedimientos más desformalizados, medidas cautelares especiales y asesoría de organismos estatales. Sin embargo, reitero que estos organismos están mayormente enfocados en la violencia de género, lo cual limita el acceso equitativo para todas las víctimas.

¿Qué rol desempeñan las campañas de concienciación pública en la reducción de la violencia intrafamiliar?

Muchas denuncias de violencia intrafamiliar se utilizan como mecanismo para otros fines, como sancionar al padre que no paga la pensión o a la pareja que se niega a retomar la convivencia. Por eso, hablar de estadísticas claras es complicado. Judicialmente no hay un parámetro certero para saber si los casos aumentan o disminuyen, lo que hace necesario el trabajo conjunto con disciplinas sociales que permitan un análisis más profundo.

¿Existen mecanismos de seguimiento y evaluación respecto al cumplimiento de las leyes de violencia intrafamiliar?

El único mecanismo formal de seguimiento que conozco es el ingreso al Registro de Violencia Intrafamiliar. Sin embargo, este sistema es limitado. Las instituciones enfrentan casos muy diversos y complejos, lo que hace necesario contar con equipos más profesionalizados. Cada persona es un mundo, y es fundamental establecer estándares más altos para los profesionales encargados del apoyo y seguimiento de estos casos.

¿Qué recomendaciones haría para mejorar el marco legislativo y las políticas públicas en relación a la violencia intrafamiliar?

No me corresponde proponer cambios normativos específicos, pero considero que el sistema actual es excesivamente garantista. Basta con una denuncia poco fundamentada para que se apliquen medidas cautelares que pueden afectar seriamente a otras personas, especialmente a los niños. Me ha tocado ver casos en que se suspenden regímenes de relación directa entre un padre y su hija por denuncias motivadas por atrasos en pensiones, lo cual termina perjudicando a la niña. Se necesita una legislación más equilibrada que considere el interés superior del niño.

Además, es crucial elevar el nivel de profesionalización de quienes trabajan directamente con los afectados. Si las evaluaciones en terreno están sesgadas o mal hechas, no se puede esperar que las leyes respondan adecuadamente a la realidad. Para tener diagnósticos certeros, necesitamos profesionales bien preparados.

 

 

 

 

 

¿Cómo describiría la situación actual de la violencia intrafamiliar en nuestro país?

Yo creo que desde el punto de vista institucional la violencia intrafamiliar aún no se aborda adecuadamente, debido a que la respuesta de las instituciones son súper reactivas, es decir, intervienen cuando la violencia ya existe, cuando ya fue, cuando ya produjo su efecto en la pareja, la familia, los hijos, etcétera. Cuando el tratamiento de la violencia intrafamiliar debiera ser más bien preventiva, yo creo que el debe institucional está marcado por eso, por su carácter absolutamente reactivo y no preventivo, creo que en el último tiempo no han habido campañas a fin de visibilizarla, siento que se ha perdido un poco la visibilidad, porque sólo hay visibilidad cuando ocurre un hecho mediático que genera impacto, mientras no lo haya el tema vuelve a ser invisible.

¿Cómo ha evolucionado la legislación chilena sobre la violencia intrafamiliar en la última década?

Ha evolucionado correctamente o ha ampliado la cantidad y el catálogo de personas que pueden ser víctimas de violencia intrafamiliar, reconociendo la violencia no solamente entre los cónyuges como era antes, sino respecto de las personas que han tenido una relación de convivencia e inclusive no teniendo convivencia siquiera, sino que han tenido un hijo en común. Reconoce también el deber de cuidado, la violencia respecto de quienes tienen que tener un deber de cuidado respecto de otras, de tal manera que la ley ha ido abarcando, reconociendo o ampliando otros grupos que pueden sufrir violencia intrafamiliar.

La ley 20.066 les da un abanico de medidas cautelares que el juez puede resolver, o sea, puede aplicar con la sola denuncia en la Fiscalía una serie de medidas tendientes a proteger a la víctima, cómo entregarle el plan cuadrante, entregar un celular para que la víctima se pueda contactar, Etcétera. Pero, nuevamente todas estas medidas que se pueden adoptar son cuando ya han ocurrido los hechos de violencia y esa es la gran crítica. Una crítica que yo hago es que la violencia intrafamiliar no se abarca de manera unitaria como pasa en España, aquí en Chile por ejemplo tenemos que distinguir; si la violencia es psicológica la conocen los jueces de familia, pero si la violencia es física la conocen los jueces de garantía con procedimientos distintos, estos funcionamientos a veces provocan confusión en los usuarios del sistema.

¿Qué papel desempeñan las instituciones públicas en la prevención y atención en casos de violencia intrafamiliar?

Existen diversos programas tendientes al acompañamiento particularmente para mujeres, la institucionalidad protege y acompaña a la mujer externamente, el SERNAMEC tiene un programa buenísimo que son las casas, las oficinas de la mujer donde brindan y otorgan un programa bien integral como una representación jurídica, atención psicológica, atención social a mujeres víctimas de violencia intrafamiliar; tratándose de los hombres tienen una línea que se llama PAV creo, desconozco si lo mantienen actualmente hasta el año pasado lo vi, que es un programa para hombres que ejercen violencia.

Si el hombre sufre violencia, no tiene más red que ir a la corporación de asistencia judicial y buscar patrocinio de abogados para presentar su denuncia o contratar un abogado interponiendo la respectiva denuncia. No hay red en realidad, porque la mujer es quien más ha sido víctima de violencia intrafamiliar, y también hay toda una construcción histórica del rol que se la ha asignado a la mujer por generaciones y generaciones, aunque es necesario, siento yo reconocer que los hombres también pueden sufrir de violencia.

¿Cómo se asegura el acceso a la justicia de las víctimas de violencia intrafamiliar en el país?

Creo que el acceso a la justicia, tratándose del procedimiento de violencia intrafamiliar no requiere patrocinio de abogados, es decir, cualquier persona que esté siendo víctima de violencia intrafamiliar puede colocar una denuncia en carabineros, quienes derivarán según se trate de violencia física, psicológica o económica a tribunales de familia o a la fiscalía para que lo conozca un juez penal. En ambos no se requiere necesariamente patrocinio de abogados,  porque la violencia familiar por los delitos en contextos de violencia intrafamiliar son delitos de acción penal pública, por lo tanto es el fiscal quien solicita que se apliquen las sanciones pertinentes y en familia como mencione no es necesario el patrocinio de abogado, por tanto, cualquier persona puede iniciar este procedimiento con la sola denuncia y solicitar las medidas cautelares que estime pertinente.

¿Qué rol desempeñan las campañas de concienciación pública en la reducción de la violencia intrafamiliar?

Las estadísticas yo no las manejo, pero, creo que la principal importancia que tienen las campañas es la visibilización por un lado y por otro es entender que la violencia intrafamiliar es un problema social, no es no es solo un problema que se suscita entre partes, es decir, entre los que se indiquen como agresor y víctima, sino que es un problema social, y, por eso es tan difícil también de trabajar con ella.

En ese sentido creo que pasa con el tema del desistimiento que nos lleva a la caracterización de la problemática o de la dinámica de violencia intrafamiliar,  yo trabajé en violencia intrafamiliar y las policías muchas veces emitían comentarios como “pucha, la señora denunció el mes pasado, fuimos, sacamos el caballero y ahora que venimos a las rondas periódicas nos recibió él, la señora ya lo denunció cuatro veces y los cuatro veces se retracta” Lo que falta entender creo yo, es que la retractación de las víctimas forma parte de entender el fenómeno de la violencia intrafamiliar, y que a veces la gente lo simplifica como… yo lo encuentro macabro, pero cuando dicen “es que a ella le gusta que le peguen” ¡a nadie le gusta que le peguen! a nadie, es necesario entender que si yo voy a trabajar y yo voy a abordar una problemática de violencia intrafamiliar tengo que comprender que es muy probable que las víctimas en algún momento se retracten, porque hay muchos factores en juego; los hijos, el tema económico, etcétera, entonces yo tengo que entender que esa mujer que va a denunciar, en algún momento también es altamente probable que se retracte, pero no por eso yo no la tomaré en serio la siguiente vez que ella vaya a venir, tengo que darle la misma seriedad, tengo que velar por su seguridad, velar por su integridad, que se le concedan las cautelares que son necesarias, etcétera. Hasta que se logre interrumpir ojala definitivamente la dinámica, estas dinámicas violentas, que forman parte de un proceso.

¿Existen mecanismos de seguimiento y evaluación respecto al cumplimiento de las leyes de violencia intrafamiliar?

Respecto de las prohibiciones de acercamiento, lo que pasa es que el que no la cumple comete delito de desacato, pero para verificar que no se cumpla, la persona respecto de la cual están concebidas tiene que informar que no la está cumpliendo, quizás a través de la figura de rondas periódicas, pero los carabineros están ocupados en tantas otras cosas más, entonces, es imposible que haya un carabinero con cada víctima, sería un escenario ideal que mujeres que presentan riesgo alto pudiesen contar con ese apoyo. Muchas veces en los juicios las personas indicadas como agresores quedan sujeto a ciertas medidas, por ejemplo, la asistencia a algún programa, que trabaje el control de impulsos, y esos programas deberán informar en las causas cada 3 meses: asistencia, adherencia, participación… pero el seguimiento es hasta ahí.

Es decir, ¿es como mínimo?

Los programas avisan su no adherencia muchas veces meses después porque también están sobresaturados porque la oferta programática es escasa. Esta Universidad tiene un centro VIF que es muy bueno que está en sede el llano, pero también es una de las pocas ofertas específicas que existen aquí en la región metropolitana que se dedican íntegramente al abordaje de la violencia intrafamiliar.

¿Qué recomendaciones se haría para mejorar el marco legislativo y las políticas públicas en relación a la violencia intrafamiliar?

Mejorar las campañas, creo que éstas tienen que ser permanentes,el tema de la violencia intrafamiliar debe tener una visibilización permanente porque se nos olvida. Lo triste es que tiene que haber un caso tremendo, para volver a acordarnos de que sí, de que la violencia intrafamiliar es un problema social actual que no solamente repercute en la pareja. si no, que también repercute en los niños, entonces a veces se trata como de hacer una distinción.

Durante muchos años en tribunales de familia, por ejemplo, los jueces hacían como una distinción como “Ah ya, ¿Pero a ver, el caballero agredió a los niños, o la agredió a usted nomas? - No a mi nomás, los niños nunca vieron nada más”, entonces se decretaba una prohibición de acercamiento a la madre y no a los niños, pero ahí una empieza a cuestionar, ¿puede ser un buen padre el que maltrata a la madre? yo creo que no, porque le hace daño directamente al niño, nunca es indirectamente, el daño es directo, crecer en entornos violentos genera un daño permanente en los niños, en el sentido de que, antes de un episodio de violencia intrafamiliar los jueces de familia ya están resolviendo en torno a estas situaciones de riesgo también suspender los regímenes comunicacionales, y eso implica una visión más integral del fenómeno de la violencia intrafamiliar y cómo impacta en el grupo familiar.

 

 

 

 

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