Órgano público no incurrió en ilegalidad ni arbitrariedad.
Corte de Santiago acogió recurso de reclamación de Municipalidad de Los Muermos contra sentencia del TCP que invalidó acto de adjudicación.
“para la evaluación de las ofertas, entre otros factores se puede considerar cualquier otro elemento relevante, esto es, queda a criterio de la comisión considerar o no otros antecedentes, diversos a los contendidos en las Bases”

Se dedujeron recursos de reclamación en contra de una sentencia del Tribunal de Contratación Pública (TCP) que acogió una acción de impugnación deducida por Comercial y Distribuidora Bertonati S.A. en contra de la I. Municipalidad de Los Muermos, solo en cuanto declara ilegal y arbitrario el acto referido a la evaluación de ofertas y el Decreto Exento que adjudicó la licitación impugnada.
La empresa demandante sostuvo que se debería haber dejado sin efecto la adjudicación, ordenando que la licitación le sea adjudicada a su parte.
A su turno, el recurso de reclamación de la Municipalidad persigue que se declare que no hay ilegalidad ni arbitrariedad en la adjudicación impugnada.
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