Diario Constitucional

Acción de indemnización por error judicial

Acción que se dirige contra el Estado para obtener la reparación pecuniaria, por haber sido condenado o privado de libertad por una resolución injustificadamente errónea o arbitraria.

Por Redacción·1 min de lectura
Acción de indemnización por error judicial
Referencial

Acción constitucional contenida en el artículo 19, Nº 7, letra i) de la Constitución Política de la República, que se dirige contra el Estado para obtener la reparación pecuniaria del daño sufrido a raíz de haber sido condenado o privado de libertad por una resolución injustificadamente errónea o arbitraria. En otras palabras, es la indemnización de los prejuicios patrimoniales y morales que tiene una persona por derecho, tras haber sido acusada erróneamente.

La indemnización es determinada judicialmente en un procedimiento breve y sumario, en el que la prueba se apreciará en conciencia.

La responsabilidad por error judicial, tiene como características que; es una responsabilidad del Estado, es una responsabilidad por error judicial y no por actos u omisiones de personas particulares o de autoridades políticas o administrativas, es una responsabilidad objetiva, pues no requiere dolo o culpa y abarca los perjuicios morales y patrimoniales.

Comentarios (1)

  1. Gonzalo Pizarro

    quiero solicitar indemnización error judicial lo cual provocó un gasto de 30mm en honorarios de abogados para revertir la sentencia de remate de mi casa lo cual el poder judicial reconoció y anulo el remate gracias a una jueza valiente y honesta

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.