Diario Constitucional

Concesión televisiva

Derecho de emitir o transmitir una señal de contenidos.

Por Redacción·1 min de lectura
Concesión televisiva
Referencial

Acto jurídico administrativo por medio del cual el Consejo Nacional de Televisión atribuye a un sujeto determinado el derecho de emitir o transmitir una señal de contenidos, a través del espectro radioeléctrico.

Estas concesiones se dirigen a personas jurídicas de derecho público o privado constituidas en Chile que cumplan con los requisitos necesarios, definidos en las bases de cada concurso publico.

El Consejo Nacional de Televisión tiene la facultad de modificar y poner término a las concesiones, así como pronunciarse acerca de la transferencia, cesión, arrendamiento u otorgamiento del derecho de uso de la concesión de radiodifusión televisiva de libre recepción

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