Exención de IVA para asociaciones
Ley que exime de IVA a asociaciones culturales fue promulgada, por Jaime Urzúa.
La nueva legislación exime del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la prestación de servicios culturales de asociaciones culturales que “se encuentren conformadas exclusivamente por personas naturales, cuyos ingresos por actividades distintas a la prestación de servicios culturales no exceda del 35% del total bruto del giro dentro del año calendario inmediatamente anterior, y que en ellas predomine el trabajo personal-físico o intelectual- por sobre el empleo de capital”.

La nueva legislación exime del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la prestación de servicios culturales de asociaciones culturales que “se encuentren conformadas exclusivamente por personas naturales, cuyos ingresos por actividades distintas a la prestación de servicios culturales no exceda del 35% del total bruto del giro dentro del año calendario inmediatamente anterior, y que en ellas predomine el trabajo personal-físico o intelectual- por sobre el empleo de capital . . .
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